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Reinversión en vivienda habitual: exención del IRPF, plazos y ejemplos

María José M.·Actualizado el 29.06.2026·9 min de lectura
Frais de notaire en Valais

Respuesta rápida

 

La reinversión en vivienda habitual permite quedar exento de pagar IRPF por la ganancia patrimonial obtenida al vender tu casa, siempre que el importe obtenido se destine a comprar otra vivienda habitual. El plazo es de 2 años antes o después de la venta. La exención puede ser total o parcial según el porcentaje reinvertido. No se aplica automáticamente: debes indicarlo expresamente en la declaración de la renta del año de la venta.

En síntesis

  • La exención está regulada en el artículo 38.1 de la Ley del IRPF y desarrollada en los artículos 41 y 41 bis del Reglamento del IRPF.
  • El plazo para reinvertir es de 2 años, contados desde la venta — y también en los 2 años anteriores si compraste antes de vender.
  • Si reinviertes el 100% del importe obtenido, la exención es total y no pagas nada a Hacienda por la ganancia.
  • Si reinviertes solo una parte, la exención es proporcional al importe reinvertido.
  • En 2025, el TEAC confirmó que esta exención es un derecho del contribuyente, no una opción tributaria — lo que amplía las posibilidades de aplicarla incluso rectificando una declaración ya presentada.
  • Si no reinviertes, la ganancia tributa al 19%-28% según su importe.
  • La reinversión con hipoteca cuenta: se considera reinvertido el valor total de adquisición de la nueva vivienda aunque parte se financie con préstamo.

¿Qué es la reinversión en vivienda habitual?

La reinversión en vivienda habitual es el mecanismo fiscal por el que un contribuyente que vende su residencia principal puede evitar pagar IRPF por la ganancia patrimonial generada, siempre que destine el importe obtenido a la compra o rehabilitación de una nueva vivienda habitual.

Cuando se vende una vivienda, la diferencia entre el precio de venta y el precio de adquisición — ajustado por gastos deducibles — constituye una ganancia patrimonial sujeta a IRPF. Sin reinversión, esa ganancia tributa en la base del ahorro con tipos del 19% al 28%. La reinversión permite diferir o eliminar ese impacto fiscal siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria.

¿Cómo funciona la reinversión en vivienda habitual?

El funcionamiento es el siguiente: al vender tu vivienda habitual obtienes un importe neto. Si ese importe, o parte de él, lo destinas a comprar otra vivienda que también se convertirá en tu residencia habitual, Hacienda no grava la ganancia patrimonial correspondiente a la cantidad reinvertida. La exención no opera sola: debes comunicarlo en tu declaración de la renta del ejercicio en que se produce la venta, indicando expresamente tu intención de reinvertir.

Exención por reinversión en vivienda habitual: requisitos

Para aplicar la exención, tanto la vivienda vendida como la adquirida deben cumplir los requisitos de vivienda habitual que establece la normativa:

  • Vivienda vendida: debe haber sido tu residencia habitual durante al menos 3 años de forma continuada. Existen excepciones por separación matrimonial, traslado laboral, obtención del primer empleo, cambio de empleo u otras circunstancias que exijan el cambio de domicilio.
  • Vivienda adquirida: debe habitarse de forma efectiva y permanente en un plazo máximo de 12 meses desde la adquisición o terminación de las obras.
  • Plazo de reinversión: máximo 2 años anteriores o posteriores a la fecha de venta.
  • Declaración expresa: si la compra se produce en un ejercicio fiscal distinto al de la venta, debes hacer constar en la renta del año de la venta tu intención de acogerte a la exención.

Vender vivienda habitual antes de 3 años: ¿se pierde la exención?

No necesariamente. La normativa contempla excepciones al requisito de los 3 años de residencia cuando el cambio de domicilio se debe a causas justificadas: separación matrimonial, celebración de matrimonio, traslado laboral, obtención del primer empleo o circunstancias de carácter permanente que exijan el cambio. En estos casos, la vivienda se considera habitual aunque no se haya alcanzado el plazo mínimo de 3 años.

Plazo para reinvertir en vivienda habitual

La reinversión del importe obtenido en la enajenación deberá efectuarse, de una sola vez o sucesivamente, en un período no superior a dos años, contados de fecha a fecha, que pueden ser no solo los posteriores sino también los anteriores a la venta de la anterior vivienda habitual.

Esto significa que el plazo de 2 años funciona en ambas direcciones:

  • Compras después de vender: tienes 2 años desde la firma de la escritura de venta para comprar la nueva vivienda habitual.
  • Compras antes de vender: si adquiriste una nueva vivienda habitual en los 2 años anteriores a la venta, también puedes beneficiarte de la exención.

¿Cuánto tiempo tengo para reinvertir en vivienda habitual?

El plazo es de 2 años exactos, contados de fecha a fecha desde la transmisión. Si la venta y la compra no se producen en el mismo ejercicio fiscal, debes indicar en la declaración de la renta del año de la venta tu intención de reinvertir. Si no lo haces, Hacienda puede entender que renuncias a la exención. A partir de 2025, el TEAC ha confirmado que esta exención es un derecho, no una opción tributaria, lo que permite rectificar declaraciones ya presentadas dentro del plazo de prescripción de 4 años si no se aplicó en su momento.

Lectura recomendada: Multa por no reinvertir en vivienda habitual

Cómo calcular la reinversión en vivienda habitual

El cálculo tiene dos partes: la ganancia patrimonial generada por la venta y el importe disponible para reinvertir.

Paso 1: Calcular la ganancia patrimonial:

Ganancia patrimonial = Precio de venta − (Precio de adquisición + gastos de compra + mejoras acreditadas)

 

Los gastos deducibles del valor de adquisición incluyen: ITP o IVA pagado al comprar, notaría y registro de la compra, honorarios de agencia en la compra y obras de mejora justificadas con factura.

Los gastos deducibles del valor de transmisión incluyen: comisión de la agencia inmobiliaria, plusvalía municipal pagada y gastos de cancelación de hipoteca.

Paso 2: Calcular el importe disponible para reinvertir:

Importe neto = Precio de venta − gastos inherentes a la transmisión − capital pendiente del préstamo hipotecario

 

Cuando para adquirir la vivienda transmitida el contribuyente hubiera utilizado financiación ajena, se considerará, exclusivamente a estos efectos, como importe total obtenido en la transmisión el valor de transmisión menos el principal del préstamo pendiente de amortizar.

Paso 3: Determinar el porcentaje de exención:

Si reinviertes el 100% del importe neto → exención total.
Si reinviertes solo una parte → la exención es proporcional a la cantidad reinvertida.

Ejemplo de reinversión en vivienda habitual

Caso 1: Exención total sin hipoteca:

  • Precio de venta: 300.000 €
  • Precio de compra original (2010): 180.000 € (incluyendo gastos)
  • Gastos de venta (comisión agencia + plusvalía): 15.000 €
  • Importe neto disponible: 300.000 − 15.000 = 285.000 €
  • Ganancia patrimonial: 300.000 − 15.000 − 180.000 = 105.000 €
  • Nueva vivienda comprada por 320.000 € (reinversión del 100%)
  • Resultado: exención total. No se paga IRPF por los 105.000 € de ganancia.

Caso 2: Exención parcial:

  • Importe neto disponible: 285.000 €
  • Solo se reinvierte: 142.500 € (50%)
  • Ganancia patrimonial: 105.000 €
  • Ganancia exenta: 50% × 105.000 = 52.500 €
  • Ganancia tributable: 52.500 €
  • IRPF aproximado sobre 52.500 €: ~10.500 € (tipos del 19%-21%)

Ejemplo de reinversión en vivienda habitual con hipoteca

Cuando existe hipoteca pendiente en la vivienda vendida, el cálculo cambia:

  • Precio de venta: 250.000 €
  • Capital pendiente de hipoteca: 40.000 €
  • Gastos de venta: 12.000 €
  • Importe neto a reinvertir: 250.000 − 40.000 − 12.000 = 198.000 €

La reinversión con hipoteca también tiene una ventaja: para aplicar la exención por reinversión no resulta preciso emplear en su totalidad el dinero obtenido de la venta de la anterior vivienda, siendo suficiente con aplicar para el mismo fin dinero tomado a préstamo de un tercero. Por lo tanto, para considerar realizada la reinversión se tendrá en cuenta la totalidad del valor de adquisición de la nueva vivienda con independencia de que su importe haya sido satisfecho o financiado.

Esto significa que si compras una vivienda de 300.000 € financiando 200.000 € con hipoteca y aportando 100.000 € del importe de la venta, Hacienda considera que has reinvertido 300.000 € (el valor total de adquisición), no solo los 100.000 € aportados.

Cómo calcular la reinversión de una vivienda habitual

Gastos e impuestos en la reinversión: qué debes tener en cuenta

La reinversión no elimina todos los gastos asociados a la operación. Aunque te libres del IRPF sobre la ganancia patrimonial, sigues asumiendo:

  • Plusvalía municipal: sigue siendo exigible aunque reinviertas. Son impuestos independientes y la exención del IRPF no afecta al cálculo del Ayuntamiento.
  • Gastos de notaría: tanto de la venta como de la compra.
  • ITP o IVA de la nueva vivienda.
  • Gastos de registro de la nueva propiedad.
  • Comisión de agencia inmobiliaria si interviene en alguna de las dos operaciones.

Todos los gastos de venta son deducibles del valor de transmisión, lo que reduce la ganancia patrimonial sobre la que se calcula la exención.

¿Qué pasa si vendo mi casa y no compro otra?

Si vendes tu vivienda habitual y no reinviertes en otra vivienda habitual dentro del plazo de 2 años, la ganancia patrimonial obtenida tributa íntegramente en el IRPF. Los tipos aplicables en 2026 sobre la base del ahorro son:

Ganancia patrimonialTipo
Hasta 6.000€19%
De 6.000€ a 50.000€21%
De 50.000€ a 200.000€23%
Más de 200.000€28%
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Sanción por no reinvertir en vivienda habitual

Si en tu declaración de la renta indicaste que ibas a reinvertir pero finalmente no lo hiciste o no completaste la reinversión en el plazo de 2 años, deberás presentar una declaración complementaria del ejercicio en que se produjo la venta, ingresando el IRPF correspondiente a la ganancia no exenta más los intereses de demora devengados desde la fecha en que debió pagarse. El incumplimiento del plazo o del importe reinvertido determina el sometimiento a gravamen de la parte proporcional de la ganancia patrimonial.

Reinversión en vivienda habitual en construcción

Es posible acogerse a la exención aunque la nueva vivienda aún no esté terminada, siempre que se cumplan dos plazos:

  • Plazo de reinversión: destinar el importe obtenido en la venta a la construcción dentro de los 2 años anteriores o posteriores a la venta.
  • Plazo de construcción: las obras deben finalizarse en un máximo de 4 años desde el inicio de la inversión.

Si las obras no se terminan en ese plazo de 4 años, salvo causas justificadas, se pierde la exención y se devenga el IRPF más los intereses de demora correspondientes.

Venta de vivienda habitual para comprar otra: casos especiales

Comprar la nueva vivienda antes de vender la antigua

Es posible y frecuente en mercados donde la oferta es escasa. El contribuyente puede comprar la nueva vivienda habitual hasta 2 años antes de vender la antigua y acogerse igualmente a la exención. En este caso, debe haber habitado la vivienda vendida como residencia habitual y trasladar la residencia a la nueva dentro de los 12 meses desde su adquisición.

Reinversión en vivienda habitual con cancelación de hipoteca

Si al vender tienes hipoteca pendiente, el capital que destinas a cancelarla no computa como importe reinvertido. Lo que se considera importe disponible para reinvertir es el precio de venta menos el principal pendiente del préstamo. Sin embargo, si la nueva vivienda se financia con hipoteca, el valor total de adquisición, incluyendo la parte financiada, sí computa como reinversión.

Venta de segunda vivienda y reinversión

La exención por reinversión no aplica a la venta de segundas residencias o inmuebles que no sean la vivienda habitual del contribuyente. Para beneficiarse, es imprescindible que la vivienda vendida haya sido la residencia habitual durante al menos 3 años. La ganancia por venta de segunda vivienda tributa íntegramente en el IRPF sin posibilidad de exención por reinversión.

Reinversión en vivienda habitual y reformas

La rehabilitación de la nueva vivienda computa como reinversión siempre que las obras cumplan con los requisitos técnicos establecidos: que supongan una actuación global en la estructura, fachada, cubierta o instalaciones del edificio, o bien que el coste de las obras supere el 25% del precio de adquisición. Las reformas estéticas o de mejora parcial no tienen la consideración de rehabilitación a estos efectos.

Cómo declarar la reinversión en vivienda habitual

La exención no se aplica automáticamente. El proceso es el siguiente:

  1. En la declaración de la renta del año en que se produce la venta, debes consignar la ganancia patrimonial y marcar la casilla correspondiente a la exención por reinversión.
  2. Si la compra de la nueva vivienda se realiza en un ejercicio posterior, debes indicar expresamente tu intención de reinvertir en esa misma declaración.
  3. Una vez completada la reinversión, Hacienda verifica que se han cumplido los plazos y el importe reinvertido.
  4. Si por error no aplicaste la exención en su momento, la resolución del TEAC de 2025 permite rectificar la declaración dentro del plazo de prescripción de 4 años.

La declaración se presenta de forma telemática en la sede electrónica de la Agencia Tributaria con Cl@ve PIN o certificado digital. Ante la complejidad del cálculo, especialmente cuando interviene hipoteca o la reinversión es parcial, se recomienda consultar con un asesor fiscal.

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Referencias

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si vendo mi casa y no compro otra?

La ganancia patrimonial tributa íntegramente en el IRPF a tipos del 19% al 28% según el importe. No hay exención si no se reinvierte en otra vivienda habitual dentro del plazo de 2 años.

¿Cuánto tiempo tengo para reinvertir en vivienda habitual?

2 años, contados de fecha a fecha desde la transmisión. El plazo funciona en ambas direcciones: puedes haber comprado la nueva vivienda hasta 2 años antes de vender la antigua.

¿Cómo funciona la reinversión en vivienda habitual?

Vendes tu vivienda habitual, obtienes una ganancia patrimonial y si reinviertes el importe neto obtenido en la compra de otra vivienda habitual dentro del plazo de 2 años, esa ganancia queda exenta de IRPF total o parcialmente según el porcentaje reinvertido.

¿Cuánto desgrava la inversión en vivienda habitual?

La exención no es una deducción, es una exención total o parcial de la ganancia patrimonial. Si la ganancia es de 100.000 € y reinviertes el 100%, el ahorro fiscal puede superar los 21.000 € en IRPF.

¿Cómo se calcula la ganancia patrimonial al vender una vivienda?

Ganancia = precio de venta − (precio de adquisición + gastos de compra + mejoras) − gastos de venta. Sobre esa ganancia se aplica la exención en proporción al importe reinvertido.

¿Cuánto tengo que pagar a Hacienda por la venta de una vivienda?

Si no reinviertes, pagas el 19% hasta 6.000 € de ganancia, el 21% entre 6.000 € y 50.000 €, el 23% entre 50.000 € y 200.000 €, y el 28% por encima de 200.000 €. Si reinviertes el 100%, no pagas nada por la ganancia patrimonial.

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