La venta de una vivienda es una de las transacciones más significativas que una persona puede llevar a cabo en su vida. Además del valor emocional que puede tener un hogar, está la perspectiva financiera. El potencial de ganancias, el precio de compra original, los costes de renovación y, por supuesto, los impuestos. En España vender una propiedad implica enfrentarse a ciertas obligaciones fiscales. Pero, ¿es posible reducir o incluso evitar estos impuestos? ¿Existen realmente formas legales de minimizar el impacto fiscal de vender nuestra casa?
La respuesta es sí. Hay diversas estrategias y circunstancias, respaldadas por la legislación española, que permiten a los vendedores disminuir e incluso eximirse de algunas cargas fiscales derivadas de la venta de un inmueble. En este artículo, nos sumergiremos en estas posibilidades, ofreciendo una guía clara y práctica para aquellos que desean sacar el máximo provecho financiero de la venta de su vivienda sin infringir la ley.
Vender una vivienda en España conlleva enfrentarse a varias obligaciones fiscales. Estas obligaciones no solo dependen del precio de venta, sino de otros factores que pueden influir en la cantidad a pagar.
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Este impuesto se aplica sobre la ganancia patrimonial obtenida de la venta. La ganancia patrimonial no es más que la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión del inmueble. Esta cantidad puede ajustarse teniendo en cuenta gastos y tributos inherentes a la adquisición y venta, así como posibles mejoras realizadas en la vivienda.
La tributación varía según la base imponible del contribuyente y se integra en la base imponible del ahorro. Las tarifas oscilan, pero para tener una idea, a fecha de corte en 2022, se situaban entre el 19% y el 26% para las ganancias patrimoniales.
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El IRPF, al gravar las ganancias patrimoniales obtenidas de la venta de una vivienda, puede suponer un coste significativo. Sin embargo, la normativa fiscal española contempla una serie de exenciones y reducciones que pueden minimizar o incluso eliminar este impacto.
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Conocido como plusvalía, este impuesto grava el valor que ha ganado el terreno (no el edificio) durante el tiempo que ha sido propiedad del vendedor. La base de cálculo no es el valor total del terreno, sino el incremento del valor desde que fue adquirido.
El cálculo se basa en el valor catastral del suelo y en el número de años que ha estado en posesión del vendedor. Es importante destacar que este impuesto es exigido por el ayuntamiento donde se ubica el inmueble, y las tarifas y bonificaciones pueden variar según el municipio.
El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), comúnmente conocido como plusvalía municipal, es uno de los tributos que más controversias ha generado entre los vendedores de inmuebles en España. Aunque se suele pensar que siempre hay que pagar este impuesto tras la venta de un inmueble, existen situaciones en las que se pueden aplicar exenciones.
El Impuesto sobre el Valor Añadido solo es aplicable en el caso de que la vivienda sea nueva y sea la primera vez que se venda. Si estás vendiendo una vivienda de segunda mano, no tendrás que preocuparte por el IVA, pero sí por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que corre a cargo del comprador.
Al igual que el IVA, este impuesto se aplica en el caso de viviendas nuevas y es pagado por el comprador. Los Actos Jurídicos Documentados (AJD) se refieren al impuesto que se aplica sobre la formalización de ciertos documentos legales en España. Este impuesto tiene como objetivo gravar la creación, modificación o extinción de derechos y obligaciones a través de documentos públicos.
Después de haber conocido cuáles son los impuestos principales a la hora de vender una casa, queremos ofrecerte una serie de ideas que pueden ayudarte a eliminar o reducir la cantidad de impuestos.
Si vendes tu vivienda habitual y con el dinero obtenido compras otra vivienda que también será tu residencia habitual, puedes beneficiarte de una exención en el IRPF. Es decir, no tendrías que pagar impuestos por la ganancia patrimonial generada en la venta. Las condiciones y requisitos para llevar a cabo este proceso son:
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Las personas mayores de 65 años que vendan su vivienda habitual están exentas de pagar el IRPF por la ganancia patrimonial generada en la venta.
Las personas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33% y vendan su vivienda habitual también pueden beneficiarse de la exención en el IRPF por la ganancia patrimonial.
La ganancia patrimonial se calcula restando el valor de adquisición al valor de transmisión. Es fundamental considerar todos los gastos y tributos inherentes a la adquisición (notaría, registro, impuestos) y también las inversiones en mejoras y ampliaciones para aumentar el valor de adquisición y, por lo tanto, reducir la ganancia patrimonial. El mejor consejo para este punto es conservar todas las facturas y comprobantes de dichas mejoras y reformas, ya que la Administración podría requerir su presentación.
Si has tenido pérdidas patrimoniales en el mismo año fiscal, como la venta de acciones o fondos de inversión con pérdidas, puedes compensar estas pérdidas con las ganancias obtenidas de la venta de tu vivienda. Esto podría reducir o incluso anular el impuesto a pagar por la ganancia patrimonial. Como consejo principal para este aspecto es importante llevar un registro detallado de todas las operaciones financieras realizadas en el año para poder hacer uso de esta compensación correctamente.
Si has tenido pérdidas patrimoniales en el mismo año fiscal, como la venta de acciones con pérdidas, puedes compensar esas pérdidas con las ganancias de la venta de tu vivienda, reduciendo o anulando el impuesto a pagar.
No, solo es aplicable en el caso de viviendas nuevas y cuando es la primera vez que se venden. Las viviendas de segunda mano no están sujetas al IVA.
La dación en pago es cuando entregas un inmueble al banco para cancelar una deuda, generalmente una hipoteca. En ciertos casos, estas transacciones pueden estar exentas del pago de la plusvalía municipal.