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Ayuntamientos que no cobran plusvalía: cómo saber si tu municipio aplica este impuesto

Alvaro G.
31.03.2026
6 min
Ayuntamientos que no cobran plusvalías
Respuesta rápida:

No existe una lista oficial de ayuntamientos de España que no cobran la plusvalía municipal. Cada municipio decide si aplica este impuesto mediante su ordenanza fiscal. Si no hay ordenanza vigente o el tipo es 0%, no se paga. La única forma fiable de saberlo es consultar el ayuntamiento correspondiente.

En síntesis:

La plusvalía municipal no siempre se paga. Depende de tres factores clave:

  1. Que exista ordenanza fiscal vigente
  2. Que haya incremento real del valor del suelo
  3. Que no apliquen bonificaciones o exenciones

Antes de vender, heredar o donar un inmueble, revisar estos puntos puede evitar pagar un impuesto indebido o reducirlo significativamente.

En este artículo te explicamos qué ayuntamientos no cobran plusvalía, cómo comprobarlo en tu municipio y qué novedades fiscales debes conocer antes de vender o heredar una vivienda.

¿Qué es la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal, cuyo nombre técnico es Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es un tributo que grava el aumento de valor del suelo urbano desde que compras una vivienda hasta que la transmites. Específicamente, este impuesto mide el aumento en el valor del suelo desde la adquisición hasta el momento de la venta.

¿Cuándo se paga la plusvalía municipal?

Se paga en tres situaciones principales:

  • Venta de una vivienda
  • Herencia de un inmueble
  • Donación de una propiedad

El impuesto lo gestiona cada ayuntamiento, lo que significa que el tipo impositivo, bonificaciones y cálculo pueden variar según el municipio.

Lectura recomendada: ¿Para qué sirve la plusvalía?

¿Cuánto se paga de plusvalía en España?

El cálculo de la plusvalía municipal se basa en un método que presupone una revalorización constante del terreno. De este modo, se multiplica el valor catastral del suelo por coeficientes establecidos por cada ayuntamiento, sin que este pueda exceder del 30% (Articulo 108 de RDL 2/2004, 5 de marzo). Sin embargo, este cálculo ha sido objeto de crítica y controversia, dado que asume una ganancia inmobiliaria independientemente de las fluctuaciones reales del mercado y ha llevado a reformas y llega a cuestionarse su constitucionalidad y equidad.

El sistema, al no considerar la situación real del mercado ni las pérdidas potenciales, se dan cobros que no corresponden con la situación económica actual del inmueble. Esta problemática pone en tela de juicio la validez y la justicia del impuesto tal como está actualmente estructurado y calculado.

Ejemplo práctico

Supongamos el siguiente caso:


- Valor catastral del suelo: 50.000€
- Años de tenencia del inmueble: 10 años
- Coeficiente municipal aplicado: 0,08
- Tipo impositivo del ayuntamiento: 25%


Paso 1: Calcular la base imponible
Se multiplica el valor catastral del suelo por el coeficiente: 50.000€ × 0,08 = 4.000€


Paso 2: Aplicar el tipo de gravamen
Se aplica el porcentaje fijado por el ayuntamiento: 4.000€ × 25% = 1.000€


Resultado
El importe a pagar de plusvalía municipal sería 1.000€

Este cálculo corresponde al método objetivo, pero desde la reforma legal puedes optar por el método de plusvalía real, que compara:

  • Precio de compra
  • Precio de venta

Si el incremento real es menor que el resultado del método objetivo, se puede pagar menos.
Si no hay ganancia, no se paga el impuesto.

¿Existen ayuntamientos que no cobran plusvalía en España?

Sí, aunque no es lo habitual. La normativa estatal permite que cada ayuntamiento apruebe su propia ordenanza fiscal. Si un municipio no aprueba esta ordenanza o fija un tipo impositivo del 0%, en la práctica no se cobra el impuesto.

Sin embargo, hay varios matices importantes:

  1. La mayoría de municipios sí lo aplican, porque es una fuente relevante de ingresos locales.
  2. En algunos casos no se cobra temporalmente por falta de ordenanza actualizada.
  3. Otros ayuntamientos aplican bonificaciones elevadas (hasta el 95%), sobre todo en herencias.

Por eso, más que buscar una lista fija de municipios, lo correcto es comprobar la ordenanza fiscal concreta del ayuntamiento donde está el inmueble.

¿Cómo saber si un ayuntamiento tiene la exención de cobrar la plusvalía?

1. Verificar si existe ordenanza fiscal vigente

Consulta si el impuesto está regulado en el ayuntamiento. Sin ordenanza publicada, no se puede exigir legalmente.

Dónde mirarlo:

  • Web del ayuntamiento
  • Boletín Oficial de la Provincia (BOP)

2. Comprobar su publicación oficial

El impuesto solo es válido si ha sido aprobado y publicado oficialmente.

Si no se publicó correctamente → el cobro es impugnable.

3. Revisar cumplimiento legal histórico

Algunos ayuntamientos no formalizaron correctamente el impuesto tras la normativa de haciendas locales.

Esto puede invalidar su aplicación en determinados casos.

4. Analizar la situación tras sentencias recientes

El Tribunal Constitucional ha anulado partes del sistema de cálculo.

Consecuencia:

  • No se paga si no hay incremento real
  • Se pueden reclamar liquidaciones indebidas en ciertos casos

5. Confirmar bonificaciones o tipo impositivo

Aunque exista el impuesto:

  • Puede haber bonificaciones (hasta 95%)
  • Puede haber reducciones específicas (herencias, familiares directos)

Casos en los que no tendrás que pagar plusvalía municipal

Aunque el impuesto exista en tu municipio, hay varias situaciones en las que no tendrás que pagarlo.

1. Si vendes la vivienda con pérdidas

Uno de los cambios más importantes llegó tras varias sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo. Actualmente, si demuestras que no ha habido ganancia en la venta, el ayuntamiento no puede cobrar la plusvalía.

Por ejemplo:

  • Compraste una vivienda por 200.000€
  • La vendes por 180.000€

En ese caso no existe incremento de valor, por lo que no procede el impuesto.

2. Si el ayuntamiento no tiene ordenanza vigente

En algunos municipios ha ocurrido que:

  • La ordenanza quedó anulada tras sentencias judiciales.
  • No se aprobó una nueva normativa a tiempo.

En esos casos el impuesto no puede exigirse legalmente hasta que el ayuntamiento apruebe una nueva regulación.

3. Exención de plusvalía por herencia: ¿a quien aplica?

No es que tengas la exención completa pero  muchos ayuntamientos aplican bonificaciones muy altas en transmisiones por herencia, especialmente entre familiares directos.

En algunas ciudades estas bonificaciones pueden alcanzar entre el 60% y el 95%, reduciendo el impuesto casi por completo.

Últimas noticias sobre plusvalía municipal

La plusvalía municipal ha sido uno de los impuestos que más cambios y controversias ha generado en los últimos años. Reformas legales, sentencias judiciales y modificaciones en su cálculo, que han ido alterando cómo y cuándo debe pagarse. Estas son algunas de las últimas novedades sobre la plusvalía municipal en España que conviene tener en cuenta:

  • La plusvalía municipal sigue generando cambios y decisiones judiciales recientes. En 2026, la subida del impuesto prevista por el Gobierno no llegó a aplicarse, por lo que se mantienen los coeficientes anteriores para calcularlo.
  • Además, varias sentencias recientes han abierto la puerta a reclamar este impuesto en algunos casos, especialmente cuando todavía existía plazo de recurso o cuando no hubo un incremento real del valor del terreno.
  • También se ha aclarado que las reformas o mejoras de una vivienda no reducen la plusvalía, ya que el impuesto solo se calcula sobre el valor del suelo.
  • Por ello, antes de pagar la plusvalía municipal, conviene revisar bien cómo se ha calculado y si en el caso concreto existe realmente obligación de pagarla.
Verificar la legalidad de las plusvalías de un ayuntamiento

Exención de plusvalía municipal: municipios que han eliminado o reducido el impuesto

Aunque no existe una lista general de ayuntamientos que no cobran plusvalía, sí hay municipios que han tomado medidas para reducirla o eliminarla.

Por ejemplo:

  • Huesca anunció la eliminación del impuesto a partir de 2026 para reducir la carga fiscal municipal.
  • Leganés aprobó rebajar este tributo dentro de una política de reducción de impuestos.
  • Málaga ha aplicado rebajas importantes en plusvalía por herencias.

Estos cambios muestran una tendencia creciente: los ayuntamientos utilizan la plusvalía como herramienta fiscal flexible.

Referencias

FAQ

¿Qué pueden hacer los contribuyentes en caso de cobros dudosos de la plusvalía?

Los contribuyentes deben incluir en sus recursos legales alegaciones que ataquen la ordenanza fiscal por defectos en su aprobación, solicitando la nulidad de la ordenanza y de las liquidaciones o autoliquidaciones basadas en ella.

¿Cuáles son las implicaciones de la decisión del Tribunal para los ayuntamientos?

Los ayuntamientos enfrentan desafíos financieros y legales, ya que deben adaptar sus métodos de cobro del impuesto para cumplir con las normativas legales y constitucionales.

¿Cómo afecta la anulación del impuesto a las transacciones inmobiliarias actuales?

La anulación del impuesto afecta las transacciones inmobiliarias en términos de la carga fiscal que los vendedores o donantes deben asumir, lo que puede influir en las decisiones sobre ventas o transmisiones de propiedades.

¿Pueden los contribuyentes recibir reembolsos por pagos anteriores de plusvalía?

Dado que la decisión del Tribunal Constitucional no tiene efectos retroactivos, los pagos anteriores de plusvalía no están sujetos a reembolso automáticamente; sin embargo, situaciones individuales pueden variar y es recomendable buscar asesoramiento legal.

Alvaro G.
Con más de 8 años de experiencia en redacción, Álvaro se ha convertido en un especialista en consultoría inmobiliaria. Se centra especialmente en publicaciones relacionadas con la evolución del mercado inmobiliario en España, así como en cuestiones de compra, venta e inversión de inmuebles. Su experiencia en bienes raíces le permite compartir información valiosa para ayudar a las personas a tomar decisiones acertadas en este tipo de transacciones.
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